Vamos construyendo triunfos: el derecho a la alimentación y seguridad alimentaria en México

Por Hilda Cota Guzmán.

Socióloga.

 La institución universitaria debe formar profesionistas con valores y actitudes críticas, ciudadanos comprometidos con políticas de desarrollo y científicas que permitan autonomía tecnológica, con sustentabilidad y perfiles democráticos cuidando las respectivas identidades culturales. Ello en el contexto de que la agenda del gobierno debe resolver nuevos problemas en nuevas espacialidades y con nuevos actores.

 El Estado mexicano deberá diseñar y ejecutar una política alimentaria en la cual la seguridad alimentaria sea el eje fundamental, contemplando explícitamente a la bioseguridad en un sentido amplio para fortalecer la soberanía y seguridad nacionales. La política alimentaria integra factores bioculturales, económicos, políticos y sociales. La seguridad alimentaria es más que contener la cotización de los productos y la superación de las crisis alimentarias. Significa también el control público del acceso respetuoso y democrático a la biodiversidad para salvaguardar la producción nacional de nuestros alimentos básicos.

 La soberanía alimentaria es el derecho a elegir políticas, a proteger y reglamentar la producción agropecuaria y pesquera nacional y el mercado doméstico con base en metas de desarrollo sustentable. La Ley de Desarrollo Rural Sustentable plasma este concepto. Conviene revalorar la concepción de autosuficiencia alimentaria, como políticas que garanticen la satisfacción de la demanda interna de alimentos y desde las tres pensar la canasta básica y la dieta de todos los estratos sociales: como la cultura alimentaria que nos cohesiona.

 En la actualidad en la cadena alimentaria están presentes las biotecnologías, los transgénicos y los peligros de extinción biológica y cultural. Se ubican en lo que denomino concepto limitado o restringido sobre bioseguridad; éste es el enfoque de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.

 Alternativamente propongo la bioseguridad vinculada a la seguridad alimentaria como: conjunto de políticas y procedimientos científico – tecnológicos que garanticen la aplicación sin riesgo de las biotecnologías que conserven la biodiversidad, garantizando justicia ambiental; procuren la eficiencia del sistema alimentario, no vulneren la cultura alimentaria mexicana de manera transgeneracional, es decir utilizando los recursos físicos, humanos y naturales para satisfacer las necesidades actuales planeando las soluciones futuras e, intrageneracional, lo que significa comenzar a abatir eficazmente las inequidades y disparidades regionales, étnicas y de género.

 Mi definición de bioseguridad ampliada enfatiza la necesidad de limitar los riesgos públicos y los beneficios privados. Para ello las políticas gubernamentales han de retomar la sustentabilidad con criterios ecológicamente armoniosos, económicamente eficientes, localmente autosuficientes, socialmente justos. También salvaguardar las tecnologías tradicionales y promover las biotecnologías suaves que cuiden el acervo genético y el derecho de los pueblos indígenas para fortalecer la seguridad biológica e identitaria.

 Para una nueva vida cívica en México añado el concepto-idea cultura de prevención y bioseguridad vinculada a la seguridad alimentaria, como un conjunto de discursos que organicen y jerarquicen el entendimiento, actitudes y acciones individuales y colectivas, con apropiaciones simbólicas diferenciales por estratos sociales en ámbitos relativos al riesgo y su prevención o inelubilidad, asociadas percepciones sobre la alimentación, la salud y la bioseguridad que la complementan. Como conceptos que ayuden a explicar realidades concretas.

 Para el diseño de política alimentaria la idea central es hacer efectivo el derecho a la alimentación promulgado en la reforma constitucional de octubre de 2011, que en los artículos 4° y 27°, es vital también la reforma al artículo 1° que incorpora derechos humanos en vez de garantías individuales y pone al mismo nivel (bloque de constitucionalidad) los pactos y tratados internacionales con la Constitución: las acciones gubernamentales relativas al derecho a la alimentación ya entraron a los ámbitos de justicialidad y exigibilidad.

 Será indispensable el trabajo legislativo vinculado sistemáticamente con el Ejecutivo Federal y organismos de la sociedad civil. Veamos de manera inicial algunas ideas sobre la exigibilidad y justicialidad del derecho a la alimentación.

 

Los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) expresan la satisfacción de las necesidades básicas para todas las personas en: el trabajo, la alimentación, la salud, la vivienda, la seguridad social, la educación, la cultura, el agua y el medio ambiente. Son universales, indivisibles e interdependientes; esta conjugación es lo que da vida a la dignidad inherente al ser humano. México como integrante del Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) está comprometido a adoptar medidas para hacer efectivo el derecho a la alimentación

 

¿Qué significa poder “exigir” el “cumplimiento”? Desde 2008 la Asamblea General de la ONU adoptó el Protocolo Facultativo del PIDESC, que es un sistema internacional de protección para los DESC, establece mecanismos para que las personas, grupos o comunidades puedan presentar violación a los DESC. En él se suscribió que los estados parte se obligan a llevar a cabo medidas técnicas y económicas (hasta el máximo de sus recursos) para lograr la efectividad de los derechos. También hay que considerar la Observación general número 3 sobre la índole de las obligaciones de los Estados parte del PIDESC. Aquí se establece la exigibilidad, dotar a las víctimas de violaciones a los DESC de posibilidad de defensa, protección y reparación de sus derechos.

 El ámbito de la justicialidad, en el derecho a la alimentación, es que la realización del derecho debe fincarse en acciones judiciales que abarquen las políticas del poder ejecutivo y las asignaciones de recursos aprobadas por el poder legislativo.

 PARA SABER MÁS.

Cota Guzmán, Hilda, Bioseguridad y seguridad alimentaria en el México del siglo XXI, Tesis de Doctorado, Universidad Autónoma Metropolitana, México, 2011.

 Courtis, Christian, Comentario del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Instituto Interamericano de Derechos Humanos — Comisión Internacional de Juristas, 2008.

 Sandoval, Arely (coord.), Los derechos económicos sociales y culturales: exigibles y justiciables. Preguntas y respuestas sobre los DESC y el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de derechos Económicos, Sociales y Culturales, ONU – Instituo Interamericano de Derechos Humanos — Espacio DESC, 2010.

 CÍTANOS.

Cota Guzmán, Hilda, «Vamos construyendo triunfos: el derecho a la alimentación y seguridad alimentaria en México», Claustronomía. Revista gastronómica digital, Universidad del Claustro de Sor Juana, México, D.F., 2013,<www.claustronomia.mx>.

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